A lo publicado ayer en este espacio -“Denuncian: MC pierde La Huerta por ‘copy paste’ de impugnación de Tala”-, sobre el correo enviado por el ciudadano de aquel municipio Alfredo García, el secretario de Asuntos Jurídicos del Partido Movimiento Ciudadano Jalisco, Omar Vargas Amezcua, solicitó el derecho de réplica que a continuación publicamos, pero de manera resumida por lo extenso de su texto, aunque sin omitir lo que consideramos importante ante lo denunciado por Alfredo García:
“Por este conducto, me permito dar puntual contestación a los señalamientos del referido García.
“Al respecto, señalo que su servidor ni ningún otro abogado fue “mandado” por Hugo Luna, para defender el triunfo, sino que, conforme a las atribuciones que ostenta el suscrito, al ser Secretario de Asuntos Jurídicos de Movimiento Ciudadano en Jalisco, me corresponde entre otras, el auxiliar y asesorar en los procesos electorales, ya sea ante órganos administrativos o jurisdiccionales, por lo que, una vez sabedor de las irregularidades acontecidas durante la jornada electoral en La Huerta, Jalisco, en conjunto con el equipo de nuestro candidato en esa municipalidad, Israel Mendoza, se trabajó en la elaboración de la impugnación correspondiente. Y en cuanto al recurso de impugnación “copiado”, lo abordaré más adelante…
“A mayor abundamiento, señalo que lo copiado y pegado, era en relación a cumplimentar lo establecido por los artículos 507 y 617 del Código Electoral Estatal, es decir, especificar el nombre del actor, por quien está representado, el domicilio para recibir notificaciones, documentos para acreditar la personería, señalar el partido que se representa, identificar el acto impugnado, las pruebas ofertadas, los tantos que se deben acompañar al escrito original, la firma autógrafa, nombre del representante legal, elección que se impugna, fecha y hora de notificación, relación que guarda con otras impugnaciones, etc…, por lo que, resulta obvio y manifiesto que lo hecho por el suscrito (como autor del juicio de inconformidad), y condenado por el C. Alfredo García, no fue otra cosa, que efectivamente utilizar esta herramienta, para acelerar la manera de expresar algo en forma escrita (como lo define Wikipedia), esto, en virtud de que, lo “copiado y pegado”, formaba parte de lo que comúnmente llaman los abogados el esqueleto del medio de impugnación, y que no tenía ningún caso perder tiempo en repetir la información que tantas veces se utilizó en otras impugnaciones, máxime que los tiempos en materia electoral son muy cortos. No es óbice a lo anterior, manifestar que por un error de su servidor, efectivamente, en esta acción, se fue un dato incorrecto, empero, que en nada perjudica el fondo del asunto. Error que resulta pecata minuta, si nuestro amigo García, tuviera el tiempo de leer el medio de impugnación que consta de 144 hojas, y en el que (humildad de por medio) solamente he encontrado 4 errores, que reitero, en nada perjudica a éste, ya que los demás deslices fueron de “dedo”, y a los que me referiré en párrafos ulteriores…
“Imagino, que al señalar “que dejaron las mismas casillas copiadas del documento original de Tala”, deduce que mis otros errores (de dedo), se deben al señalamiento de una supuesta casilla 1874 Básica con sede en el municipio de La Huerta, lo cual admito, es erróneo, sin embargo, debo aclarar dos cosas:
“1. Esta casilla 1874 Básica, tampoco se encuentra en el municipio de Tala. Y para mayor ilustración del Señor García, le informo que el número de las secciones electorales que integran dicho municipio, son del 2181 a la 2211, sin que se encuentre obviamente la sección 1874, y
“2. Este error, reitero, no debe preocupar al señor García, ya que si bien es cierto, la casilla impugnada era la 1574 Básica y yo puse 1874 Básica, no menos cierto lo es, que el error no lo cometí en todos los espacios en que se señaló esta casilla y además, para tranquilidad de Alfredo, está plenamente identificada la casilla impugnada, a través del domicilio (correcto), integración de mesa directiva de casilla (correcta), nombre de la escuela donde fue ubicada (correcto), testigos de las irregularidades cometidas en esa casilla (correctos), etc…
“Por ende, jurídicamente, me es grato informarle a nuestro amigo García y a Ustedes amables lectores, que no existe problema alguno por tan “garrafales” errores cometidos por el suscrito.