Al igual que con el proceso de elección del nuevo titular de la Auditoría Superior del Estado, los diputados locales deberán de ser muy cuidadosos en el proceso de solicitud de juicio político que los alcalde de Guadalajara y Zapopan, Enrique Alfaro Ramírez y Jesús Pablo Lemus Navarro, respectivamente, presentaron en contra del magistrado del Tribunal Administrativo del Estado, Alberto Barba Gómez, para no dejar en evidencia su ignorancia de las leyes que están obligados a conocer.
En Marcatextos he reiterado y demostrado que en torno al Caso del Auditor, los actuales diputados y quienes les antecedieron en Legislaturas pasadas han evidenciado un imperdonable desconocimiento de las leyes debido a su afán de “jugar para la tribuna”, de ganar espacio en los medios de comunicación -algunos de ellos mal informando, tergiversando y hasta manipulando la información sobre el tema- y de mostrarse ante la ciudadanía como adalides de la pureza, transparencia y honestidad.
Pero una y otra vez han topado con la ley, con la legalidad y con la justicia con que han dejado al descubierto su ignorancia sobre cuestiones legales… siendo legisladores.
Bueno, pues en el caso ahora del magistrado Barba Gómez a quien Alfaro Ramírez y Lemus Navarro le han endilgado quién sabe cuántos “pecados” por los que lo han condenado virulentamente y amenazado con que lo meterán a la cárcel -antes de que la autoridad correspondiente haga su tarea-,  condena a la que también se sumó el coordinador de los diputados alfaristas, Ismael del Toro Castro, los legisladores -incluídos los del Partido Movimiento Ciudadano, muy a su pesar- tendrán que ser responsables al momento de tomar decisiones y actuar en el marco de la ley en torno a este caso.
El jueves pasado, en su sesión ordinaria, se dio cuenta al pleno del comunicado recibido del Órgano Técnico de Responsabilidades que notificó que Alfaro Ramírez y Ana Bárbara Casillas García raificaron el 22 de agosto pasado la denuncia de juicio político en contra del magistrado Alberto Barba Gómez, misma que fue turnado a la Comisión de Responsabilidades.
Esta información pasó desapercibida para los medios de comunicación.
Los integrantes de la Comisión de Responsabilidades, en la que está toda la bancada del PAN y que preside María del Pilar Pérez Chavira, y de la que también forman parte el ex panista Ramón Demetrio Guerrero, ahora alfarista, así como el perredista con apellido panista,  Saúl Galindo Plazola; el priista Jorge Arana Arana; y la verdecologista Erika Lizbeth Ramírez Pérez, deberán de empaparse muy bien del tema y entender una cosa: que un Poder no puede intervenir en otro Poder.
Y si esto lo entienden, entonces tendrán que declarar improcedente la solicitud de juicio político en contra del magistrado Barba Gómez.
No lo digo yo, sino que existe jurisprudencia que adelanta el fracaso del intento de Alfaro y Lemus por vestirse de gloria y ganar cartel para el 2018 a costa del magistrado del TAE.
Les adelanto la parte medular de la resolución del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que los nueve diputados anteriores deben de tener sobre su escritorio: “Juicio político. No pueden constituir materia de procedimiento relativo, las consideraciones jurídicas de una resolución emitida por un órgano jurisdiccional de los poderes judiciales estatales”.
En el cuerpo del documento se establece:
“El artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece como prerrogativa de los Poderes Judiciales Estatales, la independencia en el ejercicio de la función jurisdiccional, consistente en que los tribunales resuelvan los conflictos que se someten a su conocimiento con total libertad de criterio, sin la injerencia de algún otro poder y sin relación de subordinación o dependencia de algún otro poder u órgano del Estado. De ahí que las consideraciones jurídicas de una resolución judicial no puedan analizarse a través de un juicio político, porque ello implicaría vulnerar la autonomía del Poder Judicial Local, al no respetarse los principios de autonomía, de reserva de decir el derecho y de división de poderes, aunado a que ello constituiría una invasión a la esfera competencial del Poder Judicial, pues la autoridad encargada de llevar a cabo ese procedimiento se arrogaría facultades que no le corresponden…”.
Esta jurisprudencia registró nueve votos a favor, uno en contra y una ausencia.
Sería bueno que los legisladores aludidos se vayan documentando y preparando sobre el tema, para que no hagan el ridículo y evidencien un desconocimiento de la ley o sean víctimas de señalamientos de “venderse” a la mafia del poder, permitiendo la victimización, ante su fracaso, de quienes tramitaron dicho juicio político.
Por último, sólo como antecedente: desde el gobierno de Alberto Cárdenas hasta la fecha, los intentos por imponer juicio político a integrantes del Poder Judicial o anteponer una controversia constitucional en su contra, han fracasado.
Este caso no tiene por qué ser diferente… ¡Ah! Y sobre este tema, aún vienen muchas sorpresas. Al tiempo.