Aprobada el pasado 11 de abril por la Cámara de Diputados, la iniciativa de reforma a la Ley Laboral fue aprobada hoy por las comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Puntos Constitucionales en la Cámara de Senadores, donde está programado que mañana jueves sea presentada al pleno para su posible aprobación.

El dictamen de la Reforma Laboral aprobada hoy ignoró las solicitudes de ajuste que planteó la Coparmex y va tal y como fue enviada por los diputados.

Este es el ABC de la reforma laboral aprobada por las comisiones de la Cámara Alta y que seguramente mañana lo será también por parte del pleno:

  1. Traslada la facultad que tienen las Juntas de Conciliación y Arbitraje (desaparecen) al Poder Judicial.
  2. Crea el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL), organismo público que administrará y estará a cargo de la conciliación para la solución de controversias entre trabajadores y patrones; entre trabajadores y sindicatos o entre sindicatos, así como registrar a nivel nacional los contratos colectivos, contratos-ley, los reglamentos interiores de trabajo y el registro de organizaciones sindicales. El Centro tendrá como titular a un director(a) general, que será designado(a) por la Cámara de Senadores de entre una terna propuesta por el Presidente de la República.
  3. Determinar el procedimiento para la presentación de la solicitud de conciliación y las excepciones que requieren tutela especial.
  4. Señalar los requisitos que deberán de cumplir los conciliadores, las facultades y las obligaciones que tendrán, así como el procedimiento para su selección.
  5. En el orden local, la función conciliatoria estará a cargo de los Centros de Conciliación que se instituyan en las entidades federativas.
  6. Establecer los principios de oralidad, inmediación, continuidad, concentración y publicidad para el procedimiento ordinario de los juicios orales.
  7. Fijar la obligación de publicitar la información de los registros de los sindicatos.
  8. Establecer que los patrones deberán: 1) Llevar un padrón especial de los trabajadores agrícolas contratados por períodos; y 2) Inscribir a las personas trabajadoras del hogar en el IMSS y pagar las cuotas correspondientes.

Las principales reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial son:

  1. Otorgar facultades a los Tribunales Colegiados de Circuito para resolver los conflictos en materia laboral.
  2. Crear la Unidad de Peritos Judiciales.

Las principales reformas a la Ley de Defensoría Pública en Materia Laboral:

  1. Establecer el derecho a la defensoría pública en materia laboral.

Las principales reformas a la Ley del INFONAVIT:

  1. Sustituir el término de Juntas de Conciliación y Arbitraje por el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y/o como ante los tribunales federales en materia laboral.
  2. Sustituir el término de Junta Federal de Conciliación y Arbitraje por Tribunales Federales en Materia Laboral.

En los artículos transitorios se establece: 1) Que el Congreso de la Unión contará con 180 días para expedir la Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. Éste iniciará sus labores de registro en un plazo no mayor de dos años a partir de la entrada en vigor del presente decreto; y entrará en funciones al día siguiente que se suspenda el servicio de las Juntas de Conciliación y Arbitraje.

Los centros locales iniciarán actividades en un plazo máximo de tres años tras la entrada en vigor del presente decreto; y 2) Los contratos colectivos de trabajo existentes deberán revisarse al menos una vez durante los cuatro años posteriores a la entrada en vigor de este decreto.