La verdad que nuestra capacidad de asombro no tiene límite ante el ridículo que continúan haciendo algunos diputados -y quienes los replican, como algunos medios de comunicación y detractores, incluidos- en el caso del Auditor Superior del Estado, Alonso Godoy Pelayo.
Ayer un diario local destacó a casi una plana que “Congreso ‘olvida’ ratificar denuncia contra auditor”, y agrega: “Averiguación previa no ha sido integrada por la Procuraduría de Justicia porque la querella que se presentó desde septiembre de 2011 no ha sido revalidada”.
Líneas arriba asienta: “Vía punto de acuerdo buscan obligar al secretario general a ir a PGJEJ”.
En el cuerpo de la nota se apunta: “La denuncia que presentó el Congreso del Estado de Jalisco por los pagos  que se hicieron durante la pasada Legislatura al auditor superior, Alonso Godoy Pelayo, por 9.8 millones de pesos adicionales a su salario, así como a otros exfuncionarios del Poder Legislativo, no ha avanzado. El problema es que los diputados olvidaron ratificarla…”.
Y más adelante apunta la nota:
“A casi un año de la presentación de la denuncia, se preguntó al diputado (…) Luis Armando Córrdova, en qué situación se encontraba ésta. Respondió que había solicitado información a las direcciones de Procesos Legislativos y de Asuntos Jurídicos y éstas ‘confirmaron que la Procuraduría de Justicia no ha podido integrar la averiguación previa en virtud de que el secretario general no ha acudido a su ratificación.
“Ante tal dilación -añade-, el legislador propuso que para la próxima sesión del pleno del Congreso del Estado, candelarizada para realizarse mañana viernes 24 de agosto, éste apruebe un punto de acuerdo para que se ordene a (José Manuel) Correa Ceseña que ratifique la denuncia penal de inmediato”.
Si en la sesión de hoy se hace esto que dice el diputado Córdova, el rídiculo de los diputados será mayor y quienes presenten este punto de acuerdo y quienes lo aprueben quedarán evidenciados como una vergüenza para el Poder Legislativo por su ignorancia de lo que están obligados a saber, por ser ellos sus autores: lo que dice la Ley.
Y es que el artículo 88 del Código de Procedimientos Penales, en su segundo párrafo, dice textualmente:
“Todo funcionario o empleado público, que en el ejercicio de sus funciones tenga noticias de la existencia de un delito, está obligado a participarlo inmediatamente al Ministerio Público, transmitiéndole todos los comprobantes o datos que tuviese, para que proceda conforme a sus atribuciones…”.
Pero el meollo está en el segundo párrafo del artículo 91, que a la letra señala:
Las personas a quienes se refiere el artículo 88, párrafo segundo, no están obligadas a hacer está ratificación (las negritas son del redactor), pero el funcionario que reciba la denuncia, si tuviere dudas sobre ellas, deberá asegurarse de su personalidad y de la autenticidad del documento en que se haga la denuncia…”.
Esta es la razón por la que, una vez más, la información publicada -y replicada por terceros-, carece de veracidad, pues al haber acudido el secretario general del Congreso, José Manuel Correa Ceseña, a presentar la denuncia referida, de acuerdo al segundo párrafo del artículo 91 ya no estaba obligado a ratificarla, tal y como sucedió.
Ojalá y, cuando menos, se le hubiera preguntado a Correa Ceseña por qué no acudió a ratificar la denuncia, quizás él les hubiera informado correctamente, sin duda alguna.
Y si hubiesen ido a preguntar a la Produraduría del Estado, quizás se hubieran encontrado hasta con otra sorpresa.