Por Julio César Hernández
 
Lo dicho. La controversia constitucional interpuesta por el gobernador Emilio González Márquez en contra del Código Electoral, concretamente al artículado que tiene que ver con las prerrogativas a los partidos políticos, no procedió.
 
La amarga noticia le correspondió darla -como era lo indicado- al secretario general de Gobierno, Fernando Guzmán Pérez Peláez, quien hace algunos momentos explicó que la Corte concluyó que en este asunto no existe conflicto alguno entre poderes y, popr lo tanto, era improcedente. O sea que no había motivo de controversia alguna.
 
Resulta interesante que la Corte no se metió en problemas y no alegó que constitucionalmente está impedida a atender controversias en materia electoral. Simplemente concluyó que alegar que es mucho el dinero que recibirán los partidos políticos para sus actividades y que eso podría afectar, o afecta, a las arcas estatales, no era motivo para invocar esta figura jurídica.
 
Y es que no hay conflicto entre poderes, porque con la reforma constitucional en materia electoral y la aprobación del Código Electoral, el Legislativo no está invadiendo la esfera del Ejecutivo. Simplemente obliga a éste a entregarle más dinero al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana que a su vez lo repartirá entre los partidos políticos, pero ese dinero el gobierno estatal puede recabarlo de algunas partidas o mediante una solicitud de recursos al gobierno federal.
 
Así, pues, con este paso el Ejecutivo estatal sufre un segundo revés -que lo comparte con los empresarios-, pues ya antes el mismo Congreso del Estado rechazó sus observaciones al mismo Código Electoral.
 
Y no es por “echarles la sal” -como se dice popularmente-, pero quizás esta sea la misma suerte que corran los consejeros electorales: que el amparo les sea negado.
 
Bueno, eso andan diciendo.