Contra lo que algunos quieran creer o pensar -porque todo es según el cristal con que se mira-, quedó confirmado que la elección de los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana´(IEPC) como de la presidente del Instituto de Transparencia e Información Pública (ITEI) es un reparto de cuotas.
Y lo seguirá siendo mientras no se reforme la ley que establece la forma de elegir a los integrantes y cabeza de ambos organismos.
Actualmente es la ley la que le da la potestad a los diputados integrantes de las fracciones parlamentarias en el Congreso del Estado, todos ellos militantes de un partido político para decidir quiénes deben ser los nuevos consejeros electorales y quién encabece el ITEI y, quiérase o no, en ambos casos prevalece el interés político de cada partido con presencia en el Poder Legislativo.
Claro, en el caso del IEPC el reparto de cuotas partidarias se da en la coincidencia que hay entre las bancadas para elegir a siete aspirantes, en tanto que en el caso del ITEI la coincidencia de las fracciones parlamentarias se da en torno a una sola persona.
En ambos casos, los legisladores cabildean entre sí para llegar al acuerdo mayoritario de quiénes deben ser los electos en ambos entes públicos.
Así, los diputados del PAN, PRI, PRD y PVEM coincidieron en quiénes deberían ser los nuevos consejeros electorales, mientras que las mismas fracciones coincidieron en quién debería presidir el ITEI.
En el primer caso, los diputados del Partido Movimiento Ciudadano se abstuvieron de votar y prefirieron abandonar el recinto; en el segundo caso pretendieron impulsar a otro candidato  Julioa quien le dieron sus cinco votos más el de un panista para obtener seis y quedarse a la orilla e, inclusive, ni siquiera lograr la suplencia pues no obtuvo voto alguno, yaque los diputados del PMC prefirieron anularlo.
Hacer creer que en el primer caso, el de los consejeros electorales sí hubo reparto de cuotas partidistas y en el segundo, el del ITEI, eso quedó anulado, es falso, pues los mismos diputados de las mismas bancadas que eligieron a los siete del primero caso fueron los mismos que acordaron votar a favor de una de las tres personas que aspiraban a presidir el Instituto de Transparencia.
¿Dónde está la diferencia? Sólo en el número de los aspirantes elegidos, además de la forma en la que llegaron: en el caso del IEPC, a propuesta de las bancadas; en el caso del ITEI, de acuerdo al resultado de un examen, pero finalmente en ambos casos fueron electos por los mismos.
Así es que no nos hagamos como “el tío Lolo”, tanto en la elección de los consejeros electorales como en quien presidirá el ITEI, prevalecieron las cuotas partidistas.
Y seguirán prevaleciendo mientras no se modifique la ley. Así de sencillo.