Por José Antonio Elvira de la Torre

Con la confirmación oficial de los cómputos distritales, estatales y por circunscripción plurinominal que ha realizado el INE, van quedando más claros los efectos de la votación del 2 de junio pasado. Y aunque el proceso electoral no ha finalizado, dado que faltan aún la aprobación de distribución de escaños de representación proporcional por el Consejo General del INE y, en su caso, las resoluciones que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación podría tener que realizar, en caso de la presentación de juicios de inconformidad que los partidos puedan presentar con base en dicha distribución.

Con información extraoficial, el INE plantea que la integración de la Cámara de Diputados y la de Senadores pueda ser de la siguiente manera:

* Debe sumarse un candidato independiente por el distrito 09 federal de Michoacán que ganó su diputación por el principio de mayoría relativa.

Cuando se hace el cálculo de integración de ambas Cámaras del Congreso federal, diferenciando a cada partido político, no existen diferencias superiores al +-8% de ninguno de los partidos. Pero el problema aparece cuando cada sobre representación individual de los partidos integrantes de una coalición se suman en la integración final del Congreso que termina siendo una desproporcional asignación de diputaciones que sobrepasan el umbral citado.

En donde es más notorio este efecto de distorsión de la representación es en el caso particular de diputados, donde la sobre representación de cada los partidos de la coalición Sigamos Haciendo Historia es de 6.4% de MORENA, 7.0% del PVEM y 4.7% del PT, respectivamente. Esto significa que la sobre representación efectiva de todos los partidos que integran esa coalición es de +18.1%; es decir, tendrán un número de diputaciones mayor en 18.1% al porcentaje de votos que los electores les confiaron. En el otro lado de la moneda, los partidos que tendrán un porcentaje menor de diputaciones que de votos se encuentran el PAN -2.4%, PRI -4.13%, PRD -2.41% y MC -5-5%. De tal manera que la sub representación efectiva en la Cámara de diputados de todos esos partidos alcanzará el -14.99%.

Un segundo problema se encuentra en el hecho mismo del registro de candidaturas por parte de una coalición, dado que muchas de ellas fueron presentadas con una filiación partidista irreal que descompone intencionalmente la concordancia entre el porcentaje de votos obtenidos por ese partido y el número real de diputados electos que son militantes de esa organización, aunque aparezcan registrados con otra filiación.

Por si no había quedado claro, con las experiencias de las elecciones para ambas Cámaras del Congreso en 2012, 2015, 2018 y 2021, la elección 2024 hace más urgente la modificación a la legislación vigente en términos del acceso y distribución de la representación proporcional. Es un hecho que el modelo de competencia a partir de coaliciones electorales va a mantenerse por la rentabilidad que han encontrado varios partidos políticos en este modelo, pero las consecuencias que está teniendo para la integración de la representación política ya son imposibles de ignorar. Por lo cual, se hace más visible que los criterios adoptados por las autoridades electorales administrativas y jurisdiccionales sobre la “afiliación efectiva” de quienes son postulados como candidatas o candidatos por una coalición, son insuficientes para garantizar que el porcentaje de integración de las Cámaras, sea lo más cercano posible a el porcentaje de votación que los ciudadanos otorgan en las urnas.

No se trata de prohibir las coaliciones, sino de garantizar una mayor coincidencia de la voluntad de los electores al sufragar con la fuerza congresional efectiva de cada partido y coalición. La práctica indebida que han seguido diversos partidos políticos al registrar candidaturas un formalmente reconocido de militantes de un partido político, como si militara en otra formación partidista, es un método que ha resultado muy eficiente para darle la vuelta a la voluntad de los electores, en primer lugar, y a la disposición constitucional de que la sobre o sub representación de un partido en el Congreso no puede ser mayor del 8% con respecto a su votación obtenida.

Si la mayoría calificada en la Cámara de Diputados y la mayoría absoluta en la de Senadores de los partidos MORENA, PVEM y PT no termina por desaparecer la representación proporcional, es indispensable pensar en mecanismos que resuelvan este problema de la sobre y sub representación. Por ejemplo, a través de una asignación pura de escaños congresionales, es decir, que no considere una fórmula, sino que trate de igualar el porcentaje de diputaciones y senadurías al porcentaje de votos obtenidos. Con esto, se evitaría distorsionar la representación política que los electores decidieron en las urnas.