Para que la empresa Intermet, SA de CV obtuviera la adjudicación de la licitación para el Servicio Integral y Software para Banco de Sangre (LPN 43068001-017-2019), por 36 millones de pesos, los interesados en que así sucediera le fueron allanando el camino desde los más altos niveles del gobierno del Estado.

Y para que ello sucediera, el propio gobernador Enrique Alfaro Ramírez canceló una licitación previa, pues de haberla dejado correr esta firma hubiese sido descalificada. Sin embargo, al parecer el acuerdo y la instrucción era de que Intermet, SA de CV tenía que ganar… y ganó.

La historia de cómo se tejió el triunfo de Intermet, SA de CV es la siguiente:

  1. Con fecha del 19 de septiembre de 2018, el área de Responsabilidades de la Secretaría de la Función Pública (SFP), que presidía entonces Jorge Peralta Porras, comunicó que de acuerdo a la Resolución No. 00641/30.15/6669/2018 de fecha del 14 de septiembre que se dictó en el expediente No. PISI-A-NC-DS-0037/2017, “se resolvió el procedimiento administrativo de sanción incoado a la empresa INTERMET, S.A. de C.V.”, por lo que “esta Autoridad Administrativa hace de su conocimiento de que a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno sobre las materias de adquisiciónes, arrendamientos, servicios, obra pública y servicios relacionados con las mismas, con dicho proveedor, de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de 6 (SEIS) MESES dicha inhabilitación”.
  2. La inhabilitación de la empresa Intermet, SA de CV por seis meses corrió a partir de octubre de 2018 a marzo de 2019.
  3. Con fecha del 15 de marzo de 2019, el OPD Servicios de Salud Jalisco abrió la Licitación Pública Nacional 43068001-008-2019 Servicio Integral de Banco de Sangre (…) y tenía como fecha de conclusión el martes 26 de marzo del mismo año.
  4. Pese a estar inhabilitada por la Secretaría de la Función Pública, la empresa Intermet, SA de CV se registró como participante en esta licitación, junto con la empresa Distribuidora Química y Hospitalaria GAP, SA de CV., no obstante que el Gobierno del Estado y el OPD Servicios de Salud Jalisco debieron de conocer la circular arriba mencionada en la que se les notificaba de la sanción y la instrucción de no celebrar contratos con esta empresa.
  5. La empresa Distribuidora Química y Hospitalaria GAP, SA de CV, presentó ante la Contraloría del Estado una queja por considerar que las bases de la licitación mencionada favorecían a su competencia que, además, compartía domicilio con la empresa Impromed, SA de CV, señalada e investigada por el gobierno federal de incurrir en prácticas monopólicas.
  6. Al hacerse pública este conflicto en dicha licitación, el 11 de abril el gobernador Alfaro Ramírez tomó el toro por los cuernos y anunció que un día antes ordenó cancelar dicha licitación no sólo por la investigación de la que era objeto Impromed, SA de CV e Intermet, SA de CV, sino porque la empresa GAP había rebajado los precios de sus productos entre 15 y 20 por ciento en comparación a como se los vendió al gobierno de Aristóteles Sandoval, lo que le generó sospechas al Mandatario estatal por la actitud “altruista”, dijo, de esta firma. También instruyó a la Contraloría del Estado que abriera una investigación en contra de Intermet, SA de CV.
  7. Sin embargo, la cancelación de aquella licitación no fue por ninguna de las dos razones esgrimidas por el gobernador Alfaro sino porque, al parecer, se trabajaba ya en la confección de una licitación a la medida de Intermet, SA de CV.
  8. Además, fue obligada la cancelación porque el gobierno alfarista se enfrentó al riesgo de que se descubriera que la empresa Intermet, SA de CV se registró como concursante, no obstante que estaba inhabilitada para hacerlo, con lo que también las autoridades habrían incurrido en alguna responsabilidad porque sabiendo de la sanción la habían aceptado como participante.
  9. Asimismo, la cancelación sirvió -dentro de la confección de la licitación a modo a favor de Intermet, SA de CV-, para modificar una de las bases que de haberla dejado como se estableció en la primera licitación hubiese impedido a esta firma participar.
  10. En la licitación cancelada, el punto 12 sobre las razones de descalificación de una de las participantes establecía que eso sucedería “cuando se compruebe su incumplimiento o mala calidad como PROVEEDOR con cualquiera de los tres niveles de Gobierno“. En este supuesto se encontrana Intermet, SA de CV.
  11. Cancelada la primera licitación se emitieron las bases para una nueva, pero ya con la modificación que permitía la participación de Intermet, SA de CV, precisamente en el punto que daba motivo al ahora denominado “desechamiento”, que en su primer punto establecía que era procedente cuando “se compruebe su incumplimiento o mala calidad como Proveedor del Gobierno del Estado y las sanciones aplicadas con motivo de su incumplimiento se encuentren en vigor”. Con este ajuste, Intermet, SA de CV quedaba en posibilidades de participar, pues ya no se consideraba como razón de descalificación el que hubiese quedado mal con el gobierno federal, como fue la causa por la que fue inhabilitada durante seis meses.

Así fue, pues, cómo desde los más altos niveles del Gobierno del Estado se le allanó el camino a la empresa Intermet, SA de CV para que participara, sin restricción alguna, en una licitación que por órdenes de quién sabe quién estaba destinada a que ella fuera la ganadora.

Efectivamente, igual que como sucedió con la vergonzosa licitación del programa A Toda Máquina.