La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una Acción de Inconstitucionalidad en contra de las reformas a la Ley de Pensiones del Estado que pretenden aplicarse de manera retroactiva en contra de quienes reciben las llamadas “pensiones doradas” que, a su vez, han recurrido al amparo de la ley y a quienes el gobernador Enrique Alfaro Ramírez amenazó con exponer ante la opinión pública.
Con fecha del pasado 11 de octubre, la presidenta de la CNDH, María del Rosario Piedra Ibara, presentó el documento ante la Corte y en el que asiente que “promuevo acción de inconstitucionalidad en contra del Decreto Número 28439/LXII/21 por el que se modificó la Ley del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco, publicado el 09 de septiembre de 2021 en el Periódico Oficial” de la entidad citada.
La Acción de Inconstitucionalidad es dirigida en contra del Congreso del Estado -la LXII Legislatura- y el gobernador del Estado, Enrique Alfaro, uno por aprobar la reforma y el otro por promulgarla.
Para la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, los diputados y el Ejecutivo estatal violaron los siguientes preceptos constitucionales y convencionales:
1o, 14, 16 y 123 apartado B, XI de la Constitución Federal.
1, 2 y 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
2, 5 y 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
1, 2, 5 y 9 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales “Protocolo de San Salvador”.
2, 4, 5 y 9 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
Pero además, sostiene la CNDH, también se violaron los siguientes derechos fundamentales:
Derecho a la Seguridad Jurídica.
Derechos a la Seguridad Social.
Principio de Legalidad.
Principio de irretroactividad de la ley.
Principio de Previsión Social.
La presidenta de la CNDH, Piedra Ibarra, afirma en su documento que “las reformas controvertidas tienen efectos retroactivos en detrimento de las personas pensionados, pues implican una reducción monetaria a la pensión que fue determinada por el Instituto de Pensiones jalisciense o en su momento por la Dirección de Pensiones, con antelación a la entrada en vigor de los preceptos impugnados”.
Recuerda que las reformas aprobadas por el Congreso del Estado y promulgadas por el gobernador Alfaro Ramírez, prevén que todas las pensiones y prestaciones inherentes a ellas que hayan sido otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor del decreto, serán modificadas y reducidas de manera oficiosa para adecuarse al límite máximo de 39 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización entrado al mes.
La Comisión Nacional de Derechos Humanos concluye que, “en ese sentido, las normas en combate desconocen los derechos adquiridos de los pensionados”.
Así, pues, mientras los pensionados que se sienten afectados por las reformas a la Ley de Pensiones han recurrido al amparo de la Ley, la CNDH actúa por su parte en contra de las reformas alfaristas a través de esta Acción de Inconstitucionalidad.
Sin duda que, como era de presumirse, estas reformas que con tanto “bobo y platillo” fueron “cacareadas”, y dieron pie para que el gobernador Enrique Alfaro arremetiera en contra de quienes se sienten afectados con ellas, sufrirán un severo y serio “descalabro”, sumándose así otra raya más al desprestigio de la LXII Legislatura que, para la fortuna de los jaliscienses, está a unos días de concluir.
Y si no, al tiempo…