Como para refrendar la torpeza con que actuó la actual LXII Legislatura a lo largo de sus tres años de gestión -y que para fortuna de los jaliscienses está por concluir el próximo domingo31 de octubre-, ayer Marcatextos reveló que nada menos la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una Acción de Incontitucionalidad en contra de las reformas a la Ley del Instituto de Pensiones del Estado en la que aplican la retroactividad de las mismas a los pensionados que reciben un monto superior a los 106 mil pesos mensuales.
Por supuesto que esta reacción de María del Rosario Piedra Ibarra, titular de la CNDH, a la iniciativa del gobernador Enrique Alfaro Ramírez que los diputados aprobaron dócilmente sin reparar en la aberración cometida, representa un severo “golpe” para el Mandatario estatal quien festinó que el Legislativo haya acatado sus instrucciones y luego se mofó de los pensionados que recurrieron al amparo de la ley para defenderse de dichas reformas, llamándolos “cínicos” y “desvergonzados”.
El mismo día que los diputados aprobaron las cuestionadas reformas, Alfaro Ramírez escribió en sus redes sociales que “esta importante reforma libera los abusos contra el Ipejal de unos cuantos que ponían en riesgo el patrimonio y futuro de miles. Este es un paso más para el rescate financiero del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco, que por tantos años fue presa de la corrupción e ineptitud. Gracias, de corazón, a las y los legisladores de Jalisco por hacer lo correcto”.
Pero resulta que la Comisión Nacional de Derechos Humanos tiene “otros datos” y considera que las reformas que alabó el gobernador Alfaro Ramírez, viola preceptos constitucionales y convencionales, así como derechos fundamentales como a la seguridad jurídica, a la seguridad social, el principio de legalidad, el principio de irretroactividad de la ley y el principio de prevención social… Nada más.
De ese tamaño fue la ignorancia e incapacidad demostrada de los diputados de esta LXII Legislatura, que además quedó también evidenciada ante las suspensiones provisionales y los amparos que la justicia otorgó a pensionados que recurrieron a su protección que, por cierto, generó la cólera del gobernador que al enterarse de que existía casi una veintena de pensionados amparados, expresó:
“Son unos desvergonzados, son personajes que verdaderamente no entienden la circunstancia en la que se encuentra Pensiones del Estado. Pero como lo dijimos, se va a combatir jurídicamente (…), se va a informar, como dijimos, quiénes son los cínicos que están lucrando de esa manera con el dinero de todos los trabajadores al servicio del Estado (…). Vamos a dar la batalla. Espero que la justicia impere y que se entienda que el fondo de Pensiones de todos los trabajadores del Estado no puede seguir sosteniendo pensiones de ese tamaño. Gente que ha aprovechado los vacíos legales para lucrar con pensiones que no respondan a los principios de austeridad que deben de privar en el sector público. El lunes el director de Pensiones va a explicarles a los medios de comunicación quiénes son los cínicos que andan en esa ruta de los amparos…”.
¿Qué dirá Enrique Alfaro ahora que sabe que la Comisión Nacional de Derechos Humanos recurrió a la misma Suprema Corte de Justicia de la Nacional para combatir sus cuestionadas reformas aprobadas y publicadas sin reconocer que se estaba violando flagrantemente la ley, pero que al parecer lo más importante era ganarse los “reflectores” como “justiciero de las causas nobles”?
Es verdaderamente vergonzoso que a los diputados que dócilmente aprobaron dichas reformas, se les tenga que evidenciar su ignorancia públicamente, como lo hace la CNDH al argumentar su concepto de invalidez, en el que asienta:
“ÚNICO. El párrafo sexto del artículo cuarto transitorio del Decreto 22862/LVII/09, reformado mediante el Decreto 28439/LXII/21, así como las disposiciones cuarta, quinta y sexta transitorias del Decreto impugnado, prevén que todas las pensiones y prestaciones inherentes a ellas que hayan sido otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto en estudio serán modificadas y reducidas de manera oficiosa para adecuarse al límite máximo de treinta y nueve veces el valor de la unidad de medida y actualización elevado al mes.
“De lo anterior, se desprende que las normas controvertidas tienen efectos retroactivos, en detrimento de las personas pensionadas, pues implican una reducción monetaria a la pensión que fue determinada por el Instituto de Pensiones jalisciense o en su momento, por la Dirección de Pensiones, con antelación a la entrada en vigor de los preceptos impugnados.
“En ese sentido, las disposiciones normativas en combate desconocen los derechos adquiridos de los pensionados al amparo de los regímenes anteriores a la vigencia del Decreto cuestionado, en contravención al artículo 14 de la Constitución Federal, así como en detrimento del derecho de seguridad social y el principio de previsión social”.
Pero a todo esto, el decreto que hoy combate la Comisión Nacional de Derechos Humanos registra otras aberraciones que implican una “trampa” con premeditación, alevosía y ventaja de las autoridades en contra de los pensionados, y no solamente contra aquellos que reciben una pensión superior a los 106 mil pesos que pretenden imponer como tope sino contra la totalidad de los pensionados, de lo cual ya comentaremos en próximas entregas.
Así, si el gobernador buscaba “cínicos” y “desvergonzados” entre los pensionados que buscaron la protección de la ley, tendrá que indagar si los hay en la Comisión Nacional de Derechos Humanos que también salió en su defensa.
Por lo pronto, al parecer será la CNDH la que termine por hacer caer esta “cortina de humo” levantada por el Ejecutivo con la complicidad del nefasto Legislativo, emulando a su similar federal, buscando tenernos distraídos para que no nos demos cuenta de la triste realidad que vivimos… en Jalisco.