Ante la “tormenta” de notas informativas que algunos medios de comunicación  han publicado en las últimas semanas sobre la Auditoría Superior del Estado y sobre su titular, Alonso Godoy Pelayo, éste envió a todos y cada uno de los diputados una explicación pormenorizada de las imputaciones que se le hacen.
Los legisladores recibieron ayer dos legajos de documentos: uno, el oficio aclaratorio de cada uno de los puntos que se le ha criticado por parte de algunos medios de comunicación; dos, copia de los fundamentos legales que respaldan las decisiones que ha tomado como responsable de la ASEJ.
Marcatextos tiene copia del primer documento que ayer los diputados tuvieron en sus manos, a través del cual el auditor Godoy Pelayo revela que es en respuesta al oficio que le remitió el presidente de la Comisión de Vigilancia, diputado Juan Manuel Alatorre Franco, “en el que me solicita información sobre notas periodísticas que han aparecido en los últimos días, relativas a algunos gastos que ha hecho y transparentado en su página web la Auditoría Superior del Estado de Jalisco e, incluso, relativas a Su Servidor…”.
Valga decir que, precisamente, toda la información que ha sido motivo de critica de algunos medios de comunicación ha sido tomada por ellos mismos de la página web de la ASEJ, a la que paradójicamente los mismos medios califiican de opaca.
Son diez los puntos que el auditor Alonso Godoy explica a los diputados, anexando fundamento, anexos -muchos de ellos ya en manos de los diputados desde semanas atrás- y observaciones.
1. Sueldo del Auditor Superior. Fundamenta: Se basa en el informe y recomendación del Comité Técnico de Transparencia y Valoración Salarial del 09 de julio del 2009. Observa que “no ha habido incrementos desde entonces y, además, no se llegó al tope autorizado…”.
2. Préstamos de la ASEJ a sus servidopres públicos dos veces al año. Fundamenta: Se basa en el Art. 28 Fracc. XXI del Reglamento de las Condiciones generales de Trabajo de los Servidores Públicos del Poder Legislativo. Observa que “son generales, para todos, y se entregan siempre después de salvarse requisitos básicos (…). En su momento le remití la documentación comprobatoria de que también en mi caso los préstamos fueron totalmente cubiertos en tiempo y forma”.
3. El pago de aguinaldo en la ASEJ. Fundamenta: El aguinaldo es fijado por el Art. 54 de la Ley para los Servidores Públicos del estado de Jalisco y sus Municipios (…), y Art. 37 del reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo de los Servidores Públicos del Poder Legislativo… Observa que “esta forma de pago también se aplica en otras esferas de gobierno”.
4. Reuniones y eventos deportivos de los servidores públicos. Fundamenta: Artículo 28 fracción XXI del reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo de los Servidores Públicos del Poder Legislativo.
5. La compra de dos automóviles. Fundamenta: Partida 541 de la ASEJ y Fondos PROFIS (Recursos federales). Observa: Esta compra debe licitarse. Se trata de dos vehículos marca Toyota, tipo Rav4, de tipo austero y no de lujo, los cuales fueron autorizados por la Auditoría Superior de la Federación…
6. Programa Anual de Auditorías y Difusión de Resultados. Fundamenta: El Programa de Trabajo puede ser consultado en la página wb de la SEJ, el cual fue enviado y recibido en la oficina cdel Dip. Juan Manuel Alatorre Franco (…) con fecha 21 de enero del año en curso (…). La Constitución Política del Estado (…) y la Ley de Fiscalización Superior y Auditoría Pública (…) establecen que se debe guardar RESERVA de la información, so pena incluso de ser causa de cese del servidor Público que incurra en su difusión… Observa: Del marco constitucional y legal referido, la ASEJ NO tiene competencia para prácticar auditorías extraordinarias de desempeño como la nota refiere…
7. Ocultamiento de sanciones a funcionarios públicos. Fundamenta: De acuerdo a lo establecido en la Constitución federal, en la Ley Orgánica del Poder Legislativo y en la Ley de Fiscalización compete al Congreso del estado decretar la aprobación/rechazo de las cuentas públicas o estados financieros y remitirlos al Ejecutivo estatal para su publicación (…), por lo que la publicitación de las sanciones que se originen con motivo de la Auditoría Pública, compete al Congreso decretarlas y al Ejecutivo publicarlas y no a la ASEJ.
8. Opacidad. Fundamenta: De acuerdo al último ejercicio de medición por el Instituto de Transparencia e Información Pública del Estado y comunicado a la ASEJ el 09 de octubre de este año, la evaluación arrojó una calificación aprobatoria por arriba de los 80 puntos.
9. Adquisición de predio. Fundamenta: (…) Le remito copias (3) de certificados de libertad y gravamen de fechas: 19 de noviembre del 2010 en el que sólo aparece un Aviso Cautelar de que la ASEJ adquiriría dicho predio. Otra más del 13 de diciembre del 2012; y la del 07 del presente mes (…) para su conocimiento de que el predio adquirido por la ASEJ no reporta gravamen y no reporta limitaciones. Le envío avalúo donde el valor sugerido de compra es de $4,798.80 por metro cuadrado y se adquirió en $4,469.00 por metro cuadrado; es decir, se adquirió en $69’500,000.00, generando un ahorro de $5′,116,104.63. O sea se compró por debajo del precio del avalúo y no a sobreprecio. Remito un avalúo actualizado del 7 de octubre de 2013 elaborado por peritos del Instituto de Valuación de la Industria de la Construcción que es de $6,310.76 por metro cuadrado, que arroja un total de $98’135,325.57, lo que significa que entre el valor de compra y el actual el predio tiene una plusvalía en tres años de $28’635,325.57; es decir, un 41.20% de plusvalía sobre el precio de compra.
10. Edificación. Fundamenta: Se llevó y se está llevando a cabo con todos los procedimientos establecidos en la Ley de Obra Pública del Estado sin haberse presentado impugnación alguna sobre la construcción. Observa: No hay improvisación ni prisas. Es planeación y disciplina presupuestal.
Por último, el Auditor Superior puntualiza en su documento a los 39 diputados que en la ASEJ “sus actividades y gastos se planean acuciosamente y sujetan estrictamente al marco legal”; “cumplimos en tiempo y forma con nuestras obligaciones operativas y financieras, como se puede constatar de la información que se desprende de todos y cada uno de los estados financieros mensuales que se han enviado y que obran en esa Soberanía…”.
Y remata:
“Del estricto apego a derecho y al orden, hay una gran austeridad, cosas que, en conjunto, nos han llevado a construir la sede de una digna y auténtica entidad autónoma técnica, financiera y de gestión, misma que estamos a punto de inaugurar sin ahber contraído créditos”.