Gilberto Pérez Castillo

Raúl Vargas López, aspirante del Grupo UdeG a la Presidencia del PRD Jalisco se defiende y señala que no está descartado de la contienda.

Según Vargas López la resolución de la Comisión Técnica Electoral del PRD del 2 de febrero fue revocada por una posterior de fecha 4 de febrero que le extiende un plazo de 72 horas para que entregue la documentación que falta para completar los requisitos de su registro.

La explicación de esta segunda resolución es que la Comisión alega haber tenido demasiado trabajo, lo que le impidió revisar todo como debería y dichos documentos pudieron haberse perdido o traspapelado.

Sin embargo, de esta misma explicación surgen algunas dudas y contradicciones.

Una, si Raúl Vargas había entregado toda la documentación a tiempo como señala, por qué la Comisión le da un plazo para entregar de nuevo esos documentos. Bastaría con que el aspirante mostrara el acuse de recibo de toda su documentación para consolidar su dicho.

Otra, es un principio de certeza jurídica que una instancia no pueda revocar sus propias resoluciones, sino que corresponde a otra instancia superior corregir los errores y las deficiencias del órgano que resuelve equivocadamente.

Por eso resulta extraño el proceder de la Comisión Técnica Electoral del PRD.

Tal vez el tema no esté agotado y este asunto dé para más debate.