¿Cuál es el interés que lleva a algunos medios de comunicación a manipular, desinformar y hasta publicar falsedades sobre el ya tan trillado y desgastado “Caso del Auditor”, llegando incluso a contradecirse en la misma información que publican o entre ellos mismos en un lapso de apenas 24 horas?
El sábado pasado se publicó en un diario local que la Suprema Corte de Justicia de la Nación concluyó que sí procede el amparo contra la decisión de los diputados de la LVIII Legislatura de designar como auditor superior a Alonso Godoy Pelayo, porque no respetaron lo establecido en la respectiva convocatoria y que, por lo tanto, la LX Legislatura deberá de nombrar un nuevo auditor.
Este matutino asegura que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia aprobó la tesis de jurisprudencia el pasado mes de febrero -o sea hace dos meses-, en la que se resuelve que “los actos emitidos por los Congresos locales en el procedimiento de designación del titular de ese órgano técnico, pueden impugnarse en el juicio de amparo cuando se dicte la resolución definitiva correspondiente…”.
El mismo diario señala que se promovió una demanda de amparo en contra de la elección del actual Auditor Superior y que este “procedimiento, que comenzó desde 2009, no ha concluido…”.
Ayer domingo otro diario local -curiosamente ambos coinciden siempre en publicar notas de este caso el mismo día o con diferencia de 24 horas-, publicó que el amparo promovido para reponer el nombramiento del auditor superior, “está por resolverse en los Tribunales Colegiados de Circuito”, con lo que reconfirma la contradicción en que cae en su propia nota el matutitno que manejó esta información un día antes, el sábado anterior.
¿Y dónde está la contradicción?
La nota sabatina del diario señala que la Segunda Sala de la Corte estableció que los actos emitidos por los Congresos locales pueden impugnarse en el juicio de amparo “cuando se dicte la resolución definitiva correspondiente”. Subrayo: “cuando se dicte la resolución definitiva”.
El mismo matutino se contradice párrafos adelante cuando refiere que aun no se ha dictado “la resolución definitiva”, al establecer que “el procedimiento (demanda de amparo) no ha concluido”.
Un día después, el otro matutino contradice a su competencia cuando en una nota sobre el Auditor Superior publica que el amparo promovido “para reponer el nombramiento del titular de la Auditoría Superior del Estado de Jalisco (ASEJ), está por resolverse en los Tribunales Colegiados de Circuito”.
Entonces, si este caso no ha concluido como refieren ambos periódicos locales, ¿cómo es que la Suprema Corte ya concluyó que procede el amparo contra el nombramiento del actual Auditor si ésto sucede “cuando se dicte la resolución definitiva correspondiente”?
Además, hay otras interrogantes que en su nota del sábado pasado no precisa el matutino local:

  • ¿Cuándo la Suprema Corte de Justicia de la Nación atrajo el “Caso del Auditor”, si el asunto aún se encuentra en un Tribunal Colegiado de Circuito aquí en Guadalajara?
  • ¿Cuándo fue el acuerdo de atracción de este caso por parte de la Suprema Corte?
  • ¿Cuál es el número de expediente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación donde resuelve lo publicado como nota “de ocho” en su portada? ¿Por qué no se reveló?
  • ¿Por qué si la Suprema Corte de Justicia resolvió este asunto desde ¡febrero pasado! no lo ha hecho del conocimiento de las partes involucradas?
  • ¿Desde cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación tarda más de ¡dos meses! en dar a conocer su resolución, si de hecho al momento de resolver da un plazo de 24 horas para que se ejecute de inmediato?
  • ¿Cómo es que la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que hay contradicción de tesis -me imagino que eso trata de decir la nota publicada-, si aun no se emite la resolución definitva por parte del Tribunal Colegiado que conoce del caso?

Reitero, ningún caso como el “Caso del Auditor” se ha prestado a la manipulación informativa, desinformación y hasta para la mentira, sin esperar a que sean las instancias jurídicas las que concluyan el proceso y determinen lo que procede, y que puede ser favorable o desfavorable para el Auditor Superior del Estado, quien estará obligado a respetar lo que se resuelva.
Lamentablemente hay algunos legisladores que “pican el anzuelo” de estos medios de comunicación y hasta corren el riesgo de hacer el ridículo, como el diputado Enrique Velázquez quien declaró al referido diario -según el propio matutino- que “hay que revisar lo que determinó la Corte, para en caso de que así proceda, establecer la convocatoria y elegir al nuevo auditor…”.
Y según el diario, Enrique Velázquez dijo que hoy lunes sería abordado el tema en el Congreso. (¡Flop!).