Como ha sido ya la constante, una vez más la acción de la justicia vuelva a darles un “gancho al hígado” a los detractores del auditor superior del Estado, Alonso Godoy Pelayo, y a sus malquerientes en el Congreso del Estado, concretamente de la Comisión de Vigilancia.
El Cuatro Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito ordenó “reponer el procedimiento en el juicio de amparo 1821/2009, del índice del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco”, para que Godoy Pelayo sea escuchado y vencido, toda vez que es tercer interesado en este juicio promovido por el ex aspirante a ser auditor,  Héctor Romero Fierro.
En noviembre del año pasado, el Tribunal Colegiado de Distrito ordenó al Congreso del Estado reponer el procedimiento de elección del Auditor Superior, tras concederle el amparo a Romero Fierro quien se inconformó porque en aquella ocasión fue la Comisión de Vigilancia y no las universidades las que aplicaron el examen de oposición a los aspirantes al cargo, examen que Godoy Pelayo fue el único que lo aprobó.
Sin embargo el 5 de diciembre, Alonso Godoy declaró que recurriría a las instancias correspondientes para hacer valer un juicio de revisión, toda vez que él no fue llamado, oído ni vencido en el juicio que concedió el amparo a Héctor Romero, como tercer interesado.
Pese a ello, la Comisión de Vigilancia que encabeza el diputado Salvador Barajas del Toro continuó con el proceso de reposición del proceso de elección del Auditor, convocando a varias universidades a participar en la elaboración del examen correspondiente, convocatoria que tardó en ser respondida por algunas instituciones de educación superior, después de que varias de ellas declinaron participar.
Ahora, con fecha del pasado 10 de mayo, el  Cuarto Tribunal Colegiado concluyó:
“Es válido sostener que el disconforme (Godoy Pelayo) indudablemente tiene derecho oponible al del qujoso (Romero Fierro) y, concomitantemente un interés directo en que subsistan los actos reclamados, que se reitera, están estrechamente vinculados con la causa generadora del nombramiento de Auditor Superior del Estado…
“De modo que el Juez de Distrito del conocimiento debió reconocerle el carácter de tercer perjudicado y, por ende, llamarlo al juicio de amparo número 1821/2009 para que fuera oído y vencido, a fin de que estuviera en aptitud de defender sus derechos subjetivos afectados con la tramitación, sentencia y ejecución de ésta…”.
Más adelante el expediente -que puede ser consultado vía internet- reitera:
“Que la ahora recurrente sí le reviste el carácter de tercero perjudicado…
“Que con la tramitación y resolución pronunciada en el juicio de amparo número 1821/2009, paralelamente con su ejecución, se conculcan y se afectan claramente los derechos del discrepante relacionados con el cargo de Auditor Superior del Estado de Jalisco, al traer como consecuencia la reposición del procedimiento de elección relativo a ese puesto y la consecuente anulación del nombramiento expedido con anterioridad en la persona del recurrente.
“Bajo ese escenario, es evidente la violación de las normas fundamentales que regulan el procedimiento del juicio de garantías, ya que (…) el ahora recurrente no fue oído y vencido en el juicio de amparo 1821/2009, pese a que tenía el derecho a intervenir en él…
“Lo que procede es ordenar la reposición del procedimiento para el efecto de que el juzgador federal le reconozca a Alonso Godoy Pelayo el carácter de tercer perjudicado y, además, lo emplace a ese juicio, a efecto de brindarle su garantía de audiencia y defensa…”.
De esta manera, Alonso Godoy Pelayo vuelve a asumir el cargo de Auditor Superior como fue electo el 2 de diciembre del 20o9 y que asumió el uno de enero del 2010.
¿Qué dirán ahora los detractores del Auditor Superior que han actuado más en el marco de lo que les dicta el “hígado” ignorando lo que establece la ley?