El Centro Empresarial de Jalisco (Coparmex) y el cardenal Juan Sandoval Íñiguez toparon con pared en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), cuyos magistrados ratificaron que ambos violaron la ley en materia electoral y que son sujetos de una sanción, el primero por poco más de 16 mil pesos y para el segundo será la Secretaría de Gobernación la que defina la modalidad a la que es merecedora.

Sin duda alguna, esta decisión sienta un precedente para la futura actuación de los poderes fácticos en un proceso electoral no solo en Jalisco sino en todo el país, así como para que de repetirse casos similares a la autoridad electoral en turno no le tiemble la mano para actuar y castigar a un organismo empresarial como la Coparmex o a un representante de la Iglesia Católica o de cualquier otra religión como el Cardenal y Arzobispo Emérito de Guadalajara.

Coincidentemente en sus alegatos, ambos acusados se escudaron en el principio de la libertad de expresión, pero los magistrados, tanto de la Sala Regional Guadalajara como de la Sala Superior del TEPJF consideraron que la violación en la incurrieron fue flagrante y no se registró en el marco de esta libertad.

Cabe recordar que la sanción contra la Coparmex Jalisco fue porque siendo observador electoral el pasado junio del año pasado, emitió opiniones y declaraciones en contra del gobierno federal en sus cuentas en redes sociales y en su página de internet, lo que el partido Morena consideró que era una “invitación” a los ciudadanos a votar en su contra, con lo que violaba lo que la Ley Electoral establece tanto para los consejeros como para quienes obtienen su registro como observadores electorales. El alegato del sindicato empresarial no procedió y la sanción económica fue ratificada. Lo que nunca se confirmó fue la versión -publicada en la página de Facebook del Tribunal- de que también se había hecho acreedora a una suspensión para volver a participar como observadora en los próximos dos procesos federales (2024 y 2030).

A su vez, la sanción contra el cardenal Sandoval Íñiguez fue resultado de aquel mensaje que emitió en sus redes sociales en el que advierte que “en estas elecciones van en juego muchas cosas; si ganan los que están en el poder, se viene la dictadura, o sea, se pierde la libertad porque se trata de un sistema comunista, socialista, que esclaviza. Basta mirar los pueblos que han caído en él….”, y que fue motivo para que la misma Sala Superior del TEPJF aprobara anular las elecciones ordinarias en Tlaquepaque, a queja también del partido Morena.

Lo que no está en discusión es si lo que la Coparmex o el cardenal Sandoval expresaron es cierto o no, aunque creo que no les faltó razón en sus dichos, pero sí es importante que se actúe y se deje el precedente de que en estos casos no hay impunidad para quienes abiertamente violaron la ley.

La resolución final de la Sala Superior del Tribunal Electoral, sin lugar a dudas, servirá para “amarrarle las manos” y/o “cerrarle la boca” a figuras como las que hoy fueron sancionadas y que en el pasado actuaban de la misma manera sin consecuencia alguna, convirtiéndose así en protagonistas de los procesos electoral y, sin duda, influyendo en la decisión final de un importante sector de los ciudadanos.

En el caso de la Coparmex, la sanción debe servir para que sus dirigentes decidan si actúan como lo que es, un sindicato patronal que vele por los intereses justos de sus representados, o quiere convertirse en un nuevo partido político, porque si es esto ultimo, entonces que haga lo conducente para ello y no se dedique a actuar política y partidistamente encubierto de acuerdo al partido que esté en el poder.

Así, pues, ojalá y que aprendan la lección.